Senador del PIP advierte Ley sobre transparencia y acceso a la información de Fortaleza es una cortina de humo

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EL CAPITOLIO (CyberNews) – Como un peligroso engaño y cortina de humo calificó el viernes, el portavoz senatorial del Partido Independentista Puertorriqueño (PIP), Juan Dalmau Ramírez, el proyecto de administración titulado Ley de Transparencia y Procedimiento Expedito para el Acceso a la Información Pública.

“Se trata de un estatuto inspirado por el Freedom of Information Act (FOIA) que ha sido duramente criticado por los organismos internacionales de supervisión para la protección de los derechos humanos.  Es una cortina de humo para perpetrar un monumental engaño: hacer creer que se facilita el acceso a la información cuando en el fondo se dificulta el acceso a la misma mediante un complejo proceso burocrático”, sentenció el portavoz del PIP en el Senado en declaraciones escritas.

El senador independentista advirtió que nada dice el proyecto de administración sobre las razones que una agencia gubernamental puede aducir para establecer que la información requerida es confidencial. “Por el contrario, el proyecto delega un amplio poder de reglamentación a las agencias, las que en la práctica, adoptarán aquellos principios arbitrarios para establecer la supuesta “privacidad” de la información bajo su control.”

Dalmau Ramírez levantó bandera sobre el Artículo 5 de la medida, el cual dispone que cada una de la ramas constitucionales que componen el Gobierno de Puerto Rico deberá, salvo justa causa, identificar al menos tres (3) servidores públicos entre los empleados existentes, de los cuales dos (2) serán de carrera. Los empleados identificados serán los designados y certificados como Oficiales de Información. “Este artículo diluye la responsabilidad indelegable de la Agencia de producir la información. Además, con la alta politización de muchas agencias, el funcionario puede estar sujeto a presiones para denegar información. Más que una manera de adjudicar la responsabilidad al funcionario ejecutivo de la agencia, delega lo indelegable a unos burócratas internos en cada agencia”, puntualizó.

Dalmau Ramírez expresó reservas también con el Artículo 7 por considera que con el mismo se dilata la entrega de información mediante la otorgación de prórroga.

El Artículo 8, indicó el legislador pipiolo, concede discreción a las agencias para adoptar reglamentos e imponer costos a su antojo, para cubrir los “gastos de producción” de los documentos.

“El Artículo 9 es una píldora venenosa en contra de las personas que no pueden contratar abogados para defender su posición de solicitud de divulgación al establecer que el Tribunal tendrá que celebrar una vista dentro del término de tres (3) días laborables de recibir la contestación de la entidad gubernamental de entender que las circunstancias particulares del caso y de la información solicitada así lo requieren. En ese escenario las agencias tendrán una ventaja legal, por contar con oficinas y contratistas legales.”, manifestó el portavoz del PIP.

Todas las preocupaciones esbozadas por el senador Dalmau Ramírez sobre este proyecto de administración se encuentran debidamente atendidas en el Proyecto del Senado 442, radicado por el portavoz del PIP el 24 de abril de 2017. “Si la administración actual tuviera un interés genuino en encausar el derecho fundamental de acceso a la información, habría dado seguimiento adecuado al proyecto radicado por este servidor hace más de un mes, en lugar de imponer trabas burocráticas innecesarias para acceder la información”, sentenció Dalmau Ramírez.

 

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