Directora JCF tiene cláusula de despido injustificado en su contrato a lo Ley 80

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SAN JUAN (CyberNews) – El representante popular, Jesús Manuel Ortiz alegó el martes que el contrato de la directora ejecutiva de la Junta de Control Fiscal (JCF), Natalie Jaresko contiene un inciso de despido injustificado similar a la Ley 80 que ese organismo propuso eliminar.

“Ella tiene su Ley 80. Entonces están impulsando quitarle esa misma protección a los empleados. ¿Sabía el gobernador cuando propuso esto y después cuando lo negoció que lo que están impulsando para eliminar lo tiene la Junta para proteger a su directora ejecutiva? Si no lo sabía, tiene que expresarse sobre esto y segundo: si la Junta entiende que esa medida es mala para le economía y bueno para su contratista. Me parece que es un gran acto de hipocresía y dice mucho del estatus moral de la Junta de Control Fiscal”, dijo Ortiz en entrevista radial.

Indicó que esa disposición está establecida en la página 6, inciso b del contrato de Jaresko.

“Dice claramente dos instancias: que si se despide o se termina el contrato sin ninguna justificación antes de marzo de 2018, tienen que pagarle siete meses del pago base de su salario a la señora Jaresko. Si la terminación del contrato se después de marzo de 2018, entonces el pago sería de cuatro meses del pago base por una determinación sin causa”, detalló el legislador.

“Utiliza el contrato la misma estructura de la Ley 80. Establece un despido con justificación y establece unas justificaciones que a juicio del contrato serían permitidas y establece un segundo inciso donde se tiene que indemnizar si el despido es sin causa”, agregó.

Además, Ortiz mencionó que Rosselló Nevares presentó la Reforma Laboral el pasado 21 de marzo y que luego de retirarla, llegó a acuerdos con la JCF.

El texto del contrato de Jaresko dispone lo siguiente:

Clausula 8 (b) (Terminación) Sin Justa Causa/ Renuncia:

“Sesenta (60) días después de (i) la entrega de una notificación escrita por parte de la Junta al Ejecutivo (Jaresko)de una terminación involuntaria sin Causa; o (ii) la entrega de una notificación escrita por parte del Ejecutivo a la Junta de su renuncia voluntaria. Tras una terminación sin Causa iniciada por la Junta bajo la Sección S (b) (i), el Ejecutivo (Jaresko)tendrá derecho a indemnización por despido de acuerdo con la siguiente fórmula: (1) pago base de siete (7) meses como indemnización en el evento que la terminación Sin Causa ocurre antes del 20 de marzo de 2018 del Plazo de Empleo, pagada en el transcurso de siete (7) meses consistente con las prácticas de nómina de la Junta; y (2) pago base de cuatro (4) meses como indemnización en caso de que la terminación Sin Causa ocurra el 20 de marzo de 2018 o después, pagada en el transcurso de cuatro (4) meses, de conformidad con las prácticas de nómina de la Junta. Cualquier indemnización por despido descrita en esta Sección 8 (b) solo será pagadera si el Ejecutivo(a) entrega a la Junta y no revoca una liberación general de todas las reclamaciones a favor de la Junta, sus miembros, funcionarios y empleados, en una forma satisfactoria.” (Contrato Carrión-Jaresko 2017, página 6)El legislador trajo la información a colación en momentos en que la JCF propone eliminar la Ley 80 de Despidos Injustificados bajo el argumento de que su derogación aumentará la creación de empleos. El lunes, el gobernador Ricardo Rosselló presentó la presentación —como proyecto de Administración— de la medida que derogaría la Ley Número 80 de 30 de mayo de 1976. De esta forma se asegura la permanencia del Bono de Navidad y de las licencias de vacaciones y enfermedad, según el gobernador acordó con la Junta.