EL CAPITOLIO (CyberNews) – El presidente de la Cámara de Representantes, Carlos “Johnny” Méndez Núñez autoconvocó a una Sesión Extraordinaria para continuar el proceso de residenciamiento del gobernador, Ricardo Rosselló Nevares, trascendió el miércoles.
“El proceso en la Cámara ya inició desde el pasado viernes. El único que puede detenerlo es el señor gobernador. Si el gobernador no emite lo que nosotros esperamos lo que emita, el proceso continúa.
Se suponía que Rosselló Nevares diera un anuncio sobre su renuncia a eso de las 5 de la tarde del miércoles. No fue hasta pasadas las 6:30 de la tarde que el secretario de Asusntos Publicos de la Fortaleza, Anthony Maceira anunció que el gobernador estaba preparando el anuncio que al momento no ha hecho.
Méndez Núñez utilizó un informe preparado por los licenciados José Enrique Colon Santana, Francisco Reyes Caparrós y Luis Enrique Rodríguez , quienes entendieron de forma unánime que el gobernador pudo haber incurrido en violaciones de delitos graves del Código Penal y de la Ley de Ética Gubernamental por sus expresiones en el chat privado de la red de mensajería Telegram.
“Nuestra recomendación al cuerpo es que se proceda con el juicio de gobierno en la presentación de un documento de acusación para que continúen los procedimientos”, dijo el licenciado Colón Santana a su llegada a entregar el informe al presidente cameral.
Entre los artículos del Código Penal que a juicio del trío de juristas Rosselló Nevares violó se encuentra el aprovechamiento ilícito de trabajos o servicios públicos. En este delito calificado como grave se entiende ilegal utilizar de forma ilícita para beneficio personal o de un tercero, propiedad o servicios pagados con fondos públicos. Este delito lleva una pena de tres años de cárcel.
“De la totalidad del chat se desprenden numerosas instancias donde el honorable gobernador de Puerto Rico se puedo haber aprovechado del trabajo de varios funcionarios públicos de su equipo, así como servicios de varios contratistas del gobierno para beneficio político- partidista, al no actuar conforme a la Ley y reglamento”, reza el informe.
En lo que respecta al delito grave de Malversación de fondos públicos ( que tiene una pena fija de cárcel de 8 años), los juristas entendieron que “de la totalidad del chat se desprenden numerosas instancias en las que el Honorable Gobernador permitió que funcionarios de su equipo y contratistas mal utilizaran tiempo y fondos públicos para labores contrarias a la ley y la reglamentación. Tampoco exigió de sus funcionarios restringirse a sus funciones de gobierno y trabajo contratado por el cual fueron o serían compensados con fondos públicos.
Para el delito grave de Negligencia en el cumplimiento del Deber- que tiene pena de reclusión de tres años- los abogados entienden que “el chat contiene varias instancias donde el honorable gobernador y su equipo de trabajo máximos custodios y guardianes del buen uso de fondos públicos pudieron haber utilizado ilícitamente el tiempo de funcionarios de gobierno y de contratistas de gobierno pagos con fondos públicos para fines contrarios a la ley en horas laborables. El sujeto de la negligencia crasa podría ser el Honorable Gobernador de Puerto Rico, quien no puso alto a estas acciones, aún cuando era supervisor de todos los participantes. Estas incidencias cubren el periodo completo del chat, por un periodo aproximado de no menos de sesenta días, lo que abona a la configuración de este delito por ser de manera repetitiva”.
Sobre la ley de Ética Gubernamental, se entiende que hubo violaciones a los Artículos 4.2 b, 4.2 k.
El articulo 4.2 (b) es un delito grave en el cual se prohíbe que servidores públicos utilicen sus cargos para el beneficio de un tercero u otros fines ilícitos.
“El chat contiene numerosas instancias donde el Honorable Gobernador y su equipo de trabajo pudieron haber utilizado sus cargos y fondos públicos para obtener directa o indirectamente beneficios no permitidos por ley”.
En cuanto al delito menos grave del Artículo 4.2 (k) sobre depravación se prohíbe que servidores públicos realicen trabajos que directa o indirectamente promuevan los intereses electorales de cualquier partido o candidato político.
“El chat contiene numerosas instancias donde el Honorable Gobernador podría haber desempeñado trabajo, dirigido y fomentado actividades no permitidas por ley, que promueven intereses electorales en horas laborables, configurándose así este delito.
El presidente cameral cuenta con 22 votos de su delegación, mas 17 de las minorías, lo que daría base para que el Senado pueda entonces votar sobre el residenciamiento del gobernador